El Real Decreto 865/2003 se aplica a las instalaciones que van a precisar agua en su funcionamiento, produzcan aerosoles y se encuentre ubicadas en el interior o exterior de edificios de uso colectivo, instalaciones industriales o medios de transporte que puedan llegar a ser un foco de contagio en caso de aparición de la bacteria.
Desde Prevención Legionella Zaragoza – Lanza Calidad os diremos que existe una clasificación de las instalaciones de riesgo. Se catalogan en 3 apartados diferentes:
Articulo 2. Clasificación de las instalaciones de riesgo:
1) Instalaciones con mayor probabilidad de proliferación y dispersión de legionella:
· Torres de refrigeración y condensadores evaporativos.
· Sistema de agua climatizada con agitación constante.
· Sistemas ACS con acumulador y circuito de retorno.
· Centrales humidificadoras industriales.
2) Instalaciones con menor probabilidad de proliferación y dispersión de Legionella:
· Sistemas de instalación AFCH y agua caliente sin circuito de retorno.
· Equipos de enfriamiento evaporativo que pulvericen agua y que no estén incluidos en el apartado 1.
· Humectadores.
· Fuentes
· Sistema de riego por aspersión en el medio urbano.
· Otros aparatos que acumulen agua y puedan producir aerosoles.
· Sistemas de aguas contra incendios.
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